Finiquitos: Lo que debes saber antes de despedir a un trabajador.

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Como la desvinculación laboral es un evento serio, como empresa debes realizar un proceso limpio y correcto para proteger la integridad del negocio y los derechos del trabajador desligado.

En Chile, los despidos son acciones reguladas por la ley, por ende, su aplicación debe ser legal.

Como la desvinculación laboral es un evento serio, como empresa debes realizar un proceso limpio y correcto para proteger la integridad del negocio y los derechos del trabajador desligado.

Para lograr un proceso de despido legal y fluido, es preciso que el empleador ponga cuidado y atención a las causales.

Causales:

  • Mutuo acuerdo de las partes: Ambas partes acuerdan terminar con el contrato.
  • Muerte del trabajador.
  • Renuncia del trabajador
  • Vencimiento del plazo en el caso de un contrato de plazo fijo.
  • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al trabajo.
  • Caso fortuito o fuerza mayor (Caso fortuito es por causa de la Naturaleza, y fuerza mayor requiere de la intervención humana.
  • Conductas indebidas de carácter grave por parte del trabajador, que deben ser comprobadas.
  • Falta de Probidad del trabajador (honradez, integridad y rectitud en el actuar). La decisión final sobre la desvinculación está en manos de los Tribunales de Justicia.
  • Conductas de acoso sexual.
  • Injurias proferidas por el trabajador al empleador (ofensas verbales o físicas).
  • Conducta inmoral del trabajador que afecte a la empresa donde se desempeña.
  • Conductas de acoso laboral.
  •  Negociaciones que ejecute el trabajador dentro del giro del negocio y que hubieren sido prohibidas por escrito en el respectivo contrato por el empleador.
  • Inasistencia o falta al trabajo. Inasistencia sin causa justificada durante dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días durante el mes.
  • Abandono del trabajo por parte del trabajador. Salida intempestiva e injustificada del trabajador del sitio de la faena y durante las horas de trabajo.
  • La negativa a trabajar sin causa justificada en las faenas convenidas en el contrato.
  • Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos.
  • El perjuicio material causado intencionalmente en las instalaciones, maquinarias, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías.
  • Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
  •  Necesidades de la empresa: la ley establece que el despido no sólo debe ser por la sola voluntad unilateral y discrecional del empleador; debe fundarse en hechos objetivos que hagan inevitable la separación de uno o más trabajadores de su trabajo.
  • Cuando el empleador, mediante resolución judicial, es sometido a un procedimiento concursal de liquidación de sus bienes.  

¿Cómo se debe comunicar el término de un contrato laboral? 

 El empleador que ponga término al contrato por alguna de las causales de los artículos 159 o 160 debe entregar o enviar al dependiente la comunicación dentro de los 3 días hábiles siguientes al de la separación del trabajador, salvo la causal Caso Fortuito o Fuerza Mayor del artículo 159, caso en el cual el plazo es de 6 días hábiles contados de igual forma.

  • Quedar por escrito de forma personal o por correo certificado.
  • -Indicar algunas de las causales de despido legales.
  • Enviar copia a la Dirección del Trabajo correspondiente al domicilio legal de la empresa, informando: Causal legal aplicada, hechos en que fundamenta el despido, monto de las indemnizaciones que pagará si corresponde, estado de pago en que están las imposiciones del potencial ex empleador hasta el último día del mes anterior al despido laboral.

¿Se puede despedir a un trabajador por retrasos reiterados?

Está no es una causal de despido explícita en el código del trabajo, sin embargo, los contratos de trabajo establecen un horario que el trabajador debe cumplir, la empresa puede estimar que al llegar atrasado reiteradamente implica que el trabajador no está cumpliendo el contrato.

¿Qué cotizaciones previsionales deben estar pagadas al momento del despido? 

El empleador debe tener pagadas las cotizaciones devengadas hasta el último día del mes anterior al despido, adjuntado los comprobantes de los pagos a la AFP, cotización del 7% de salud, lo que podrá superar si es afiliado a ISAPRE y las cotizaciones del seguro de desempleo.

¿Si las cotizaciones no se encuentran pagadas?

El termino del contrato queda sin efecto, es decir, la empresa deberá seguir pagando las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo, todavía cuando el trabajador no siga prestando estos servicios.

Esta situación continuará hasta que pague las cotizaciones adeudadas y lo comunique al trabajador personalmente o mediante carta certificada enviada al domicilio de éste, acompañando la documentación emitida por las instituciones previsionales correspondiente, en que conste la recepción de dicho pago.

¿Qué plazos tiene el empleador para despedir a un trabajador?

En general la regla es de avisar con anticipación de 30 días.

No obstante, hay algunas excepciones:

  • Necesidades de la empresa o el desahucio (salvo que se pague la indemnización sustitutiva del aviso previo equivalente a 30 días de remuneración).
  • Las causales del artículo 160 (causales disciplinarias), o dentro de los 6 días hábiles siguientes de aplicarse la causal de caso fortuito o fuerza mayor del Artículo 159.

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